Sociedad

Protección social: la Cámara de Consejeros aprueba por unanimidad dos proyectos de ley

La Cámara de Consejeros aprobó, anoche por unanimidad, dos proyectos de ley relativos a la aplicación del sistema de protección social.

Se trata del proyecto de ley n° 46.23 que modifica y completa la ley n° 98.15 relativa al régimen de seguro de enfermedad básico obligatorio para las categorías de profesionales, trabajadores autónomos y trabajadores por cuenta propia que ejercen una actividad liberal y del proyecto de ley n° 47.23 que modifica y completa la ley n° 99.15 que instituye un régimen de pensiones para las categorías de profesionales, trabajadores autónomos y trabajadores por cuenta propia que ejercen una actividad liberal.

Al presentar los dos proyectos de ley, el ministro de Sanidad y Protección Social, Khalid Ait Taleb, señaló que estos dos textos se inscriben en el marco de la aplicación de las Altas Instrucciones Reales que llaman a acelerar la instauración de los distintos componentes del sistema de protección social, cuyas bases principales están fijadas por la ley marco n° 09.21 sobre la protección social, así como en el marco de la actualización del arsenal jurídico relativo a la aplicación del proyecto de generalización de la protección social.

Ait Taleb subrayó también que el primer proyecto de ley incluye disposiciones que deben armonizarse con las de la ley nº 65.00, modificada y completada por la ley nº 27.22, en particular en lo que se refiere a las disposiciones del artículo 3, además de dar prioridad a un modelo de clasificación de las personas según las disposiciones de los textos legislativos y reglamentarios en vigor y según el criterio de las actividades y profesiones si la persona se clasifica según las actividades y profesiones que ejerce y al mismo tiempo según las disposiciones de los textos legislativos y reglamentarios en vigor.

Este proyecto de ley faculta a la Caja Nacional de Seguridad Social (CNSS), en caso de interrupción de las cotizaciones del asegurado durante un período de 12 meses, a aplicar un nuevo período para el asegurado de hasta tres meses, a partir del mes siguiente a la regularización de su situación, añadió.

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